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Se ha celebrado el I Foro Internacional de Compliance en Logística

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En el I Foro Internacional de Compliance en Logística se han puesto sobre la mesa los puntos calientes de este sector, especialmente en lo relativo al cumplimiento penal, sin dejar por ello en el tintero otros temas como LOPD/RGPD, gestión de proveedores/socios, etc.

A continuación presentamos a modo de resumen las principales ideas y recomendaciones que fueron contando los diferentes actores que representaban a las empresas del sector, abogados, fiscalía, universidad, proveedores de soluciones y certificadoras.

Aspectos generales

  • Para aclarar conceptos, se comenta que Logística abarca principalmente las actividades de transporte y almacenamiento.
  • No todo el código penal aplica a personas jurídicas, sólo los artículos donde se hace mención específica. Y sólo tiene efecto si se obtienen beneficios directos o indirectos.
  • El cumplimiento es un traje a medida que hacer que hacer a cada empresa. Aquí no vale el corte y pega.
  • Si la empresa demuestra que tiene una cultura que no propicia el delito, se podrá tener en cuenta como atenuante o eximente.
  • Ojo con la contabilidad: es una actividad muy creativa.
  • Aparte del Código Penal español y la ley de Represión del Contrabando, hay que tener en cuenta en EEUU -FCPA-, en RU -Bribery Act- y en Francia -Sapin II-.
  • Los delitos relacionados con las actividades propias de cada sector, son los de mayor impacto reputacional  y por lo tanto los "más imperdonables".
  • Qué delitos no habituales en otros sectores, sí se pueden cometer en éste:
    • Trata de seres humanos
    • Delitos contra la salud (tráfico de drogas)
    • Tráfico de órganos
    • Contrabando
    • Corrupción y soborno de funcionarios públicos
    • Delito contra el Medio Ambiente

  • Posibles Penas y Sanciones a personas jurídicas:
    • Multa
    • Disolución de la persona jurídica
    • Intervención judicial
    • Inhabilitación para obtener subvenciones, ayudas y contratos públicos
  • Recomendación: "actuar siempre como si nos vieran".

 

¿Cómo afrontar el Cumplimiento: qué pasos hay que dar y en qué orden?


Los 10 pasos para su implantación:

  1. Realización de consultas y análisis de la organización.
  2. Declaración de compromisos éticos de la empresa (código ético)
  3. Mapa de riesgos: identificación, prioridad y responsable.
  4. Protocolo de prevención de delitos, con especial atención a los recursos financieros, con inclusión de filiales y contrapartes, donde las medidas de prevención deben ser claras y estar documentadas; Y no debe olvidarse la revisión de cláusulas contractuales.
  5. Conformación de un Comité de Cumplimiento (posible nombramiento de Compliance Officer y dotación de medios).
  6. Constitución de un Canal de Denuncias.
  7. Definición de un Sistema disciplinario (compatible con la normativa laboral).
  8. Formación adecuada a los diferentes perfiles.
  9. Verificación y actualización del sistema implementado, que genere evidencias de la existencia de controles.
  10. Definir un protocolo de actuación post-delito.

 

Certificaciones UNE 19601 (penal España) / ISO 237001 (antisoborno)

  • Estas certificaciones aportan una garantía a quién las acredita.
  • Dado que son certificaciones de reciente implantación, se espera una gradual implantación como a veces como necesidad en procesos de homologación /contratación.

 

La figura del "Compliance Officer"

Algunas consideraciones relevantes:

  • Trabaja por delegación del órgano de gobierno, que tiene que vigilar esa delegación.
  • Debe tener formación, capacidad y autonomía suficiente.
  • La asunción de este cargo debe ser libre y compensada económicamente.
  • Si sobre él recae la "garantía" del cumplimiento, será responsable como autor o coautor de los delitos cometidos.

Principales tareas:

  • Mantiene el mapa de riesgos.
  • Vertebra el órgano sancionador y gestiona el canal de denuncias.
  • Promociona la ética y los protocolos definidos.
  • Coordina a los responsables de seguridad.

 

Cibernos lanzó la pregunta. ¿Se puede automatizar el control del cumplimiento? 

O dicho de otra manera, ¿que necesidades tiene el Area de Cumplimiento que debería satisfacer una herramienta de Control de Cumplimiento?.

Lista de necesidades:

  • Disponer de un modelo de control integral corporativo de cumplimiento.
  • Facilitar la recogida y acreditación de la información recopilada, tanto interna como de terceros.
  • Evaluar el estado del cumplimiento y la presentación de resultados de forma automática.
  • Reaccionar adecuadamente ante incumplimientos, con lanzamiento y seguimiento las acciones requeridas.
  • Justificar de forma automática las evaluaciones y las acciones realizadas, pudiendo aportar trazas de quién, cuándo y qué.

¡Y la conclusión fue: sí se puede automatizar el control del cumplimiento, y se debe, para que el equipo de cumplimiento se centre en la resolución de los no cumplimientos, formación, etc, en lugar de a tareas administrativas de escaso valor añadido!.

 

Consultoría compliance: ante el nuevo paradigma

Sobre el autor: Cibernos Comunicación

Cibernos Comunicación

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